Licencia parental compartida en Colombia | Getty Images

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¿Cómo funciona la licencia parental compartida en Colombia? Aplica en últimas 6 semanas

La Ley 2114 de 2021 establece las condiciones para que una persona pueda solicitar este derecho para enfocarse en el cuidado de la madre y el hijo.

jriano
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La llegada de un hijo o hija a una familia es un acontecimiento importante y feliz para los progenitores y la familia que espera el nuevo integrante. Tanto la madre como el padre que se encuentren trabajando pueden solicitar un mecanismo de apoyo llamado licencia.

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Este es un derecho amparado en la ley que tiene como objetivo proteger la salud de la madre gestante y garantizar el sano desarrollo del recién nacido. Si bien la principal corresponde únicamente para la mujer, también existe otra categoría llamada licencia parental compartida. Esta alternativa permite que ambos puedan distribuir por mutuo acuerdo las últimas 6 semanas de las 18 que componen la licencia de maternidad.

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La Ley 2114 de 2021 es la norma que reglamenta condiciones y funcionamiento de esta licencia para que los trabajadores del sector público o privado puedan hacerlo. Cabe señalar que este derecho es remunerado y se calcula según el salario de quien disfrute de este periodo de retiro parcial. 

“La licencia parental compartida será remunerada con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente. El pago de la misma estará a cargo del respectivo empleador o EPS, acorde con la normatividad vigente”, señala la norma.

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Licencia parental compartida
Licencia parental compartida | Getty Images

¿Cómo funciona la licencia parental compartida?

La ley señala que la vigencia de este permiso empieza a contar desde la fecha de parto del menor de edad. La madre debe tomar al menos las primeras 12 semanas después del parto y las seis restantes de su licencia de maternidad pueden ser distribuidas de común acuerdo. El documento señala que el tiempo de licencia del padre no puede ser recortado, ni disminuido en ningún caso. 

En el parágrafo 4 del artículo 2 de la ley añade que no se puede fragmentar o intercalar los periodos de licencia. La única excepción que hay corresponde a una enfermedad postparto que tenga la madre, la cual debe estar certificada por el médico tratante. “En ningún caso se podrán fragmentar, intercalar ni tomar de manera simultánea los períodos de licencia salvo por enfermedad postparto de la madre, debidamente certificada por el médico”, señaló.

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Requisitos para solicitar la licencia parental compartida

  • Registro Civil de Nacimiento del recién nacido que debe presentarse a la EPS los 30 días después a la fecha de nacimiento.
  • Establecer por mutuo acuerdo entre los padres para solicitar esta licencia compartida.
  • Los padres deben hacer un documento firmado ante Notaría Pública explicando el acuerdo de la toma de la licencia. Este documento debe ser presentado ante el empleador en un plazo que no supere los 30 días del nacimiento del bebé.
  • El documento de la licencia debe ser autorizado por el médico tratante, garantizando la salud del bebé y la madre.
  • Los padres deben presentar dicho documento al empleador con los siguientes datos:
    • El estado de embarazo de la mujer.
    • La constancia del nacimiento del menor.
    • La fecha del parto.
    • La fecha del día de inicio de las licencias parentales.