
Entre los requisitos: El estudiante debe estar matriculado en un colegio oficial del distrito para el calendario escolar 2026. Vivir permanentemente en Bogotá, dentro de una Unidad de Planeamiento Zonal con déficit de cupos o zonas rurales.
Debe estar inscrito en la jornada diurna y tener menos de 19 años, con excepciones para estudiantes con discapacidad, además de residir a más de 1 km de distancia para los grados de preescolar, o a más de 2 km de distancia para los grados de primero a onceavo grado.
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Los estudiantes nuevos en el sistema oficial, al momento de aceptar el cupo asignado, los padres o acudientes deben tramitar la solicitud directamente a través del aplicativo de prematricula virtual habilitado en la plataforma de la entidad. Si el estudiante no contaba con el beneficio o cambió de residencia, se debe agendar una cita virtual en el portal oficial y asistir de manera presencial a la Dirección Local de Educación.
El plan es escogido dependiendo del recorrido, la ruta regular y la institución educativa. Las rutas regulares pueden ser urbana, rural, Sumapaz y traslado. Para realizar su implementación requiere evaluación y autorización de la Dirección del Bienestar Estudiantil.
También se abre la posibilidad para aplicar al subsidio de transporte, el cual consiste en una transferencia monetaria, condicionada a la asistencia a clase, para cubrir parte de los costos de transporte de los estudiantes. El monto abonado al estudiante en cada ciclo, en virtud del Subsidio de Transporte Escolar asignado, corresponderá a los días en que el estudiante cumplió con su compromiso de asistencia a clases.
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