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Eutanasia en Colombia: experto explica los cuatro procedimientos no penalizados

Se trata de uno de los temas que no paran de generar debate en el mundo.

Juliana Bueno

La eutanasia es uno de los temas más sensibles en el ámbito médico, legal y social. En Colombia, este procedimiento ha sido objeto de debate durante décadas, hasta consolidarse como un derecho para los pacientes que atraviesan enfermedades graves, terminales o condiciones que afectan de manera irreversible su vida.

En una reciente entrevista con Inexpertas, Lina Paola Lara profundizó en los alcances de este tema y explicó los cuatro procedimientos relacionados con la eutanasia y la muerte médicamente asistida que actualmente no están penalizados en el país, gracias a la jurisprudencia y a los fallos de la Corte Constitucional.

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1. Eutanasia activa voluntaria

Se refiere al procedimiento mediante el cual un médico, a petición expresa y reiterada del paciente, administra un medicamento letal que pone fin a la vida. Este procedimiento está regulado por el Ministerio de Salud desde 2015 y solo se realiza en casos donde la persona enfrenta una enfermedad terminal, crónica o que le genera sufrimiento intenso e incontrolable.

Lara enfatizó que en este caso se protege el principio de autonomía del paciente, garantizando que la decisión no sea influenciada por terceros y que se realice bajo protocolos estrictos de verificación y consentimiento informado.

2. Suspensión o retiro del tratamiento médico (ortotanasia)

En este escenario, no se interviene de forma activa, pero sí se interrumpe un tratamiento que prolonga artificialmente la vida, como ventiladores mecánicos o medicamentos invasivos. El objetivo es permitir que el proceso natural de la enfermedad siga su curso sin encarnizamiento terapéutico.

Este procedimiento no es considerado un delito y se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y al derecho a morir sin prolongar el sufrimiento innecesario.

3. Sedación paliativa en fase terminal

Conocida también como sedación paliativa profunda, consiste en administrar fármacos que reducen la conciencia del paciente para evitar el dolor y el sufrimiento extremo durante las últimas etapas de su vida. Aunque no busca acelerar la muerte, puede precipitarla como efecto secundario.

De acuerdo con Lara, esta práctica está plenamente avalada en Colombia siempre que sea solicitada por el paciente, si está en condiciones de hacerlo, o por sus familiares, en casos donde se ha dejado constancia de voluntad anticipada.

4. Suicidio médicamente asistido

Se diferencia de la eutanasia activa en que es el propio paciente quien se administra el medicamento letal, mientras que el médico únicamente prescribe y acompaña el proceso. En 2022, la Corte Constitucional reconoció que penalizar esta práctica atentaba contra los derechos fundamentales de las personas que desean poner fin a su vida en condiciones dignas.

Lina Paola Lara destacó que este fallo representa un hito en América Latina, ya que Colombia se convirtió en uno de los pocos países en reconocer legalmente esta opción, siempre bajo estrictos parámetros médicos y legales.

Un debate vigente

Aunque estos procedimientos han sido avalados, la eutanasia y las decisiones alrededor del final de la vida continúan generando debates éticos, religiosos y culturales en la sociedad colombiana. Sin embargo, la postura de la Corte Constitucional y de especialistas como Lina Paola Lara reafirman que se trata, ante todo, de un derecho basado en la dignidad, la autonomía y el respeto a la voluntad del paciente.

En conclusión, Colombia se ha posicionado como un referente en América Latina en el reconocimiento del derecho a morir dignamente, marcando un camino que cada vez más sociedades están dispuestas a transitar.

Por: Sara Flórez