Lograr la pensión por vejez es uno de los objetivos personales que tienen muchas personas que durante años trabajan para acceder a este derecho. Desde hace algunos años se requería una acumulación total de 1.300 semanas en el sistema pensional y cumplir la edad mínima de solicitud que es 57 años para las mujeres y 62 en los hombres.
Sin embargo, con la aprobación de la Ley 2381 de 2024, también conocida como la reforma pensional se autorizó la disminución paulatina de semanas mínimas. Esto como una determinación para trabajar por un sistema más justo y equitativo para que las trabajadoras del país puedan obtener su merecida jubilación. Al ver que factores como desempleo, largos periodos sin aportar a pensión o cuidado de la familia eran obstáculos que impedían a las mujeres acercarse a la pensión, se crearon diversos mecanismos.
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Esta medida consiste en la reducción progresiva que pasa inicialmente de 1.300 a 1.250 semanas hasta llegar a 1.000 semanas mínimas de cotización. Mediante esta estrategia se busca generar un mayor bienestar y tranquilidad para este género en materia pensional.
El artículo 36 de esta ley establece que hay mujeres que pueden solicitar la reducción de semanas por cada hijo que tengan bajo su custodia. Este beneficio aplica especialmente para las madres que cumplieron su edad mínima de jubilación, pero que no cuentan con las semanas legales que en 2026 son de 1250.
Para este caso se admite una rebaja de 50 semanas por cada hijo biológico o adoptivo, en el que la solicitante sea la responsable de estas personas. La reducción permite hasta tres niños o niñas, por lo cual puede restar máximo 150 semanas dentro de su historia laboral para acogerse a este beneficio legal.
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“En el Componente de Prima Media del Pilar Contributivo, como reconocimiento al trabajo no remunerado, a partir de la vigencia de esta ley, para las mujeres que cumplan la edad mínima para acceder a la pensión y no tengan las semanas establecidas en el Componente de Prima Media, podrán obtener el beneficio de disminuir en cincuenta semanas por cada hijo(a) nacido(a) vivo(a) o adoptivo(a) el número de semanas requeridas, hasta llegar a un mínimo de 850 semanas por un máximo de tres (3) hijos(as)”, indica la ley.
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