
Cabe señalar que, aunque su entrada en vigor estaba prevista para el 1 de julio de 2025, la Corte Constitucional la suspendió y se encuentra en revisión por parte del alto tribunal.
Los pilares de la ley 2381 son: Pilar Solidario dirigido a personas entre los 60 y 65 años sin pensión. El Pilar Semicontributivo dirigido a personas entre los 60 y 65 años que no lograron una pensión pero que cotizaron en algún momento al sistema pensional. El Pilar Contributivo dirigido a trabajadores dependientes e independientes que cotizan actualmente al sistema. Ellos cotizarán hasta 2.3 SMMLV en Colpensiones y para los que cotizan por encima de ese tope, tendrán la opción de elegir una ACCAI. Finalmente, está el pilar de Ahorro Voluntario, que permite a las personas realizar aportes adicionales y voluntarios con el objetivo de aumentar su pensión de vejez.
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Existe el régimen de transición que permite a algunos cotizantes acceder a la pensión de vejez bajo las condiciones de la ley 100 de 1993. Ellos son: mujeres con 150 o más semanas cotizadas y hombres con 900 o más semanas cotizadas.
En la Reforma Pensional también se tiene contemplada una pensión anticipada que beneficia a las mujeres de 50 años.
“Tendrán derecho a una pensión anticipada de vejez, las personas que padezcan una deficiencia física, psíquica o sensorial del 50% o más, que cumplan 50 años de edad para el caso de las mujeres y 55 años de edad para el caso de los hombres, y que hayan cotizado · en forma continua o discontinua 1000 o más semanas al sistema de protección social integral para la: vejez”, dice el artículo 89 de la ley 2381.
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