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¿Cuántos días de licencia de paternidad se otorgan en Colombia y cuánto es el pago?

La licencia de paternidad es un tiempo contemplado por la ley para el nuevo padre biológico o por adopción.

Paula Jiménez

En Colombia, la licencia de paternidad es de 14 días. El pago corresponde al 100% del salario que el trabajador esté devengando al momento de iniciar el permiso y es reconocido y pagado en su totalidad por la EPS a la que se encuentre afiliado.

La licencia debe disfrutarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento o adopción, el padre debe haber estado cotizando de manera efectiva al sistema de salud durante el periodo de gestación de la madre.

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¿Cuántos días de licencia de paternidad tiene derecho un padre en Colombia?

Cuándo se tiene una licencia de paternidad se paga el 100% del salario que estés cotizando por un período de 14 días calendario. Con la licencia se recibe el equivalente a tu sueldo completo por los 14 días. El salario no puede ser inferior a un salario mínimo diario legal vigente por cada día de licencia.

Son 14 días calendario continuos incluyendo fines de semana y festivos, contados a partir del nacimiento del bebé. La EPS realiza el pago de la prestación económica. La empresa te paga el valor en la nómina habitual y luego la empresa le recobra a la EPS.

Licencia de paternidad Colombia
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¿Cuales son los requisitos?

Para acceder a la licencia de paternidad en Colombia, el padre debe estar afiliado como cotizante activó, haber cotizado de manera ininterrumpida durante el periodo de gestación a la madre y presentar el Registro Civil de Nacimiento a su empleador o EPS.

Estar afiliado y al día en el pago de los aportes a la seguridad social. El padre debe haber cotizado durante los meses de gestación de la madre, aunque si el el pago fue incompleto o proporcional, la EPS reconocerá los días de forma equivalente al tiempo cotizado.

Se tiene que presentar el Registro Civil de Nacimiento del menor. En casos de adopción, se debe entregar el acta o certificado de entrega oficial de niño. Entregar el documento al empleador o directamente a la EPS los 30 días siguiente al nacimiento del bebé.

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