Según lo expresa el experto en protección de datos, Axel Díaz, la regulación en Colombia señala que no se puede violar la comunicación y no se puede sobrepasar los límites de la intimidad, ya que esa prueba tendría dos efectos, una ilegal o una ilicitud, dependiendo si se violó un derecho fundamental o una normal en la regulación colombiana.
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“Cualquier persona que viole nuestros datos personales, lo que viene a ser el derecho fundamental a la intimidad, tiene una consecuencia jurídica muy relevante y con ello hay que proteger directamente los datos de la persona”.
Así mismo, Díaz manifestó que la jurisprudencia colombiana ha generado un espacio en el que define cual es el límite de la intimidad y cuáles son los roles que uno podría desempeñar para no violar esa intimidad.
En el caso de los niños, el experto aclaró que los padres de familia pueden generar cierto tipo de vigilancia mientras que los menores cumplan la mayoría de edad.
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