Las cirugías estéticas corresponden a operaciones hechas en un quirófano que tienen diferentes objetivos, especialmente de tipo físico. Revertir signos de envejecimiento, mejorar la apariencia física y la armonía corporal son algunos de los fines que tiene este tipo de procedimientos.
Cuando una persona necesita o desea realizarse una operación de este tipo se pregunta si esto lo cubre la Entidad Promotora de Salud en la que está afiliado. Dentro del sistema de salud colombianos hay algunas intervenciones que están cubiertas dentro del plan de atención que ofrecen las diferentes. Esto es una solución para quienes necesitan de una acción médica de este tipo.
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Generalmente, estas operaciones tienen costos elevados que generan barreras de acceso para muchas personas que no cuentan con los recursos suficientes. Para poder realizarse una cirugía es necesario contar con una orden médica del médico tratante en la que exprese la necesidad de este tratamiento.
En 2023, la Corte Constitucional emitió la sentencia T-101-23 en la que establece los tipos de procedimientos que cubren los del Planes de Beneficios de Salud. Dentro de este documento, el máximo tribunal señala que “los procedimientos médicos estéticos con fines funcionales o reconstructivos están cubiertos por el sistema de salud y que las EPS están obligadas a cubrirlos”.
Con respecto a los procedimientos reconstructivos se agrupan afecciones físicas hechas por quemaduras, anomalías congénitas, lesiones traumáticas, infecciones, enfermedades, entre otros. Entretanto, dentro de las operaciones funcionales se puede mencionar reparación de labio leporino, reparación de traumatismo facial, rinoplastias, entre otros.

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En su portal web, la EPS Compensar indica que dentro de su plan de salud es posible practicarse operaciones como extirpación bolsas de Bichat, frontoplastia, pexia mamaria con prótesis y corrección de cicatriz. Consulta con tu EPS los procedimientos que puedes realizarte que sean cubiertos por la entidad.
Para solicitar una operación de este tipo es necesario pasar por el proceso respectivo que conlleva citas médicas y evaluación del médico tratante. Este profesional debe emitir una orden que autorice este proceso quirúrgico para tratar la salud del paciente. “Las cirugías estéticas funcionales pueden ser solicitadas por los usuarios a sus respectivas EPS cuando cuenten con una orden médica que así lo requiera”, explica la Corte Consitucional.
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